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Normas · Guía legal Actualizado el 1 oct 2026 · Publicado el 20 may 2026 · 8 min de lectura

Exceso de velocidad en Argentina: tolerancias, sanciones reales y scoring de licencia

Circular por encima del límite permitido es la infracción más frecuente del país y un factor determinante en la gravedad de los siniestros. Esta guía explica los umbrales legales, los márgenes de tolerancia aplicados por radares, cómo se calculan las multas y cómo funciona el sistema de puntos en tu licencia de conducir.

Imagen ilustrativa · Exceso de velocidad en Argentina: tolerancias, sanciones reales y scoring de licencia
FIG. 1 — Imagen ilustrativa

El exceso de velocidad encabeza el ranking de infracciones registradas en Argentina. Según datos de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), junto con la falta de cinturón y el consumo de alcohol, configura la tríada de conductas más sancionadas en controles urbanos e interurbanos. Pero más allá de la multa, circular por encima del límite incrementa exponencialmente el riesgo de colisión grave y fatales: la física del impacto no perdona.

En este artículo desglosamos los límites de velocidad vigentes, los márgenes de tolerancia reales que aplican los radares, cómo se calcula el monto de las multas (urbanas y rutas), el sistema de puntos de licencia (scoring) y qué hacer si te labran un acta. Todo con base en la Ley Nacional de Tránsito 24.449 y normativas provinciales y municipales actualizadas a 2026.

Límites de velocidad en Argentina: el marco de la Ley 24.449

La Ley 24.449, art. 51, establece los límites máximos generales para vías urbanas e interurbanas. Los valores que siguen son válidos en ausencia de señalización específica que indique otro límite:

  • Zona urbana (calles sin carriles exclusivos): 40 km/h
  • Avenidas con semáforos: 60 km/h
  • Avenidas sin semáforos o autopistas urbanas: hasta 80 km/h (depende de señalización)
  • Zonas escolares, hospitalarias o de gran afluencia peatonal: 20 km/h (algunas jurisdicciones llegan a 30 km/h)
  • Rutas nacionales de doble mano (un carril por sentido): 110 km/h (autos), 90 km/h (camiones y ómnibus)
  • Autopistas y autovías: 130 km/h (autos), 100 km/h (camiones y ómnibus)

Importante: cada provincia y municipio puede modificar estos límites mediante ordenanzas locales. En CABA, por ejemplo, la mayoría de las avenidas tienen señalizado 50 o 60 km/h, y la Avenida General Paz (autopista) mantiene 80 km/h en muchos tramos. Consultá la señalética vertical y horizontal siempre.

Tolerancias de los radares: ¿cuánto «perdona» el sistema?

Los radares fijos y móviles no sancionan desde el primer km/h por encima del límite. Existe un margen de tolerancia técnica para compensar posibles errores de calibración del equipo, de velocímetro del vehículo y para evitar litigios por variaciones mínimas. Aunque no está unificado por ley nacional, en la práctica la mayoría de las jurisdicciones aplica:

  • Hasta 120 km/h de velocidad detectada: tolerancia de 7 km/h (ej.: límite 110, radar dispara desde 117 km/h)
  • Más de 120 km/h: tolerancia de 7% de la velocidad medida (ej.: límite 130, radar dispara desde ~139 km/h)

Estos márgenes son los que utilizan provincias como Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba y CABA. Algunas intendencias pueden reducir la tolerancia a 5 km/h en zonas escolares o puntos críticos. No existe «derecho» a circular en el margen de tolerancia: el límite legal sigue siendo el señalizado. La tolerancia es una cortesía técnica, no un permiso.

Sanciones económicas: ¿cómo se calcula la multa?

Las multas por exceso de velocidad se expresan en Unidades Fijas (UF). Según el art. 84 de la Ley 24.449, cada UF equivale al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial, y el monto en pesos es el que corresponde a esas UF al momento del pago. La escala general de la ley va de 50 a 5.000 UF; para el exceso de velocidad (art. 77 inc. 1) la escala crece según cuánto se haya superado el límite, hasta 20.000 UF.

La Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las provincias pueden tener su propio régimen de faltas y su propio valor de UF: cada jurisdicción fija sus valores. Consultá el de tu municipio o provincia en su boletín oficial o en el portal de infracciones correspondiente.

Descuentos por pago voluntario: la mayoría de las jurisdicciones ofrece entre 20% y 50% de descuento si abonás dentro de los primeros 10 días hábiles desde la notificación.

Sistema de puntos (scoring) de licencia: cómo funciona

Desde 2019, provincias como Buenos Aires, CABA, Córdoba y Mendoza implementan el sistema de puntos en la licencia de conducir. Cada conductor arranca con 20 puntos. Las infracciones graves descuentan puntos; llegar a 0 puntos implica suspensión de la licencia por 3 a 12 meses, según reincidencia.

Ejemplos de descuento de puntos

  • Exceso leve (hasta 20 km/h): –2 puntos
  • Exceso grave (20–40 km/h): –5 puntos
  • Exceso gravísimo (>40 km/h): –10 puntos
  • Cruzar semáforo en rojo: –5 puntos
  • Conducir con alcoholemia positiva: –10 puntos
  • No usar cinturón de seguridad: –3 puntos
  • Hablar por celular sin manos libres: –3 puntos

Recuperación de puntos: si no cometés infracciones durante 12 meses consecutivos, recuperás 2 puntos por año (máximo 20). En algunas jurisdicciones podés sumar 1 punto extra completando cursos de manejo defensivo homologados.

Consulta de puntos: en CABA, ingresá a buenosaires.gob.ar/licenciadeconducir; en Provincia de Buenos Aires, a licencias.gba.gob.ar. Necesitás DNI y número de licencia.

¿Qué hacer si te labran un acta por exceso de velocidad?

  1. Verificá la notificación: debe incluir fecha, hora, lugar exacto, velocidad detectada, límite vigente, datos del agente/equipo radar, foto o video (si aplica).
  2. Revisá el margen de tolerancia: si la diferencia entre tu velocidad y el límite está dentro de los 7 km/h (o 7%), podés argumentar error de medición.
  3. Controlá la calibración del radar: los equipos deben tener certificado de calibración vigente (últimos 12 meses). Podés solicitarlo por nota al organismo emisor.
  4. Descargos: tenés 10 días hábiles desde la notificación para presentar descargo por escrito. Adjuntá fotos de señalización faltante, certificado de velocímetro si corresponde, testigos, etc.
  5. Si la multa es firme: pagá dentro del plazo para acceder al descuento. Si no pagás, se inicia ejecución fiscal y puede trabarse embargo sobre cuentas o vehículo.
  6. Recurso judicial: si considerás la multa arbitraria, podés recurrir ante tribunal de faltas municipal/provincial. Consultá abogado especializado en infracciones de tránsito.

Sanciones adicionales: retención de licencia y vehículo

En casos de exceso gravísimo (>40 km/h sobre el límite) o conducción temeraria, la autoridad puede:

  • Retener la licencia de conducir en el acto por 30 a 180 días.
  • Secuestrar el vehículo hasta que se abone la multa y se cumplan las sanciones accesorias.
  • Iniciar causa penal si el exceso genera riesgo concreto para terceros (art. 84/94 Código Penal si hay lesiones o muerte).

La Ley 24.449, art. 48, prohíbe expresamente «circular a velocidad que constituya peligro». No se necesita accidente para sancionar: un patrullero puede labrar acta si considera la velocidad «peligrosa en contexto» (lluvia, niebla, tránsito denso).

Impacto del exceso de velocidad en la gravedad del siniestro

Más allá de la sanción administrativa, cada 10 km/h adicionales duplican la probabilidad de lesión grave o muerte en colisión frontal. A 80 km/h, la supervivencia del peatón atropellado es inferior al 20%; a 50 km/h, sube al 70%. A 130 km/h, un despiste en ruta se convierte en vuelco fatal en el 90% de los casos.

Según la ANSV, el exceso de velocidad está presente en el 30% de los siniestros fatales del país. No siempre como causa única, pero sí como factor agravante: reduce tiempo de reacción, alarga distancia de frenado y multiplica la energía del impacto exponencialmente (energía cinética = ½ masa × velocidad²).

Mitos y verdades sobre radares y multas

Mito: «Si no me paran en el momento, la multa no vale»

Falso. Los radares automáticos registran patente, velocidad, fecha y hora. La multa llega por correo postal o notificación digital. No es necesario el acta presencial.

Mito: «Si cambio de carril justo antes del radar, no me detecta»

Falso. Los radares modernos tienen múltiples carriles de lectura y tecnología láser o ANPR (reconocimiento de patente). Cambiar de carril no invalida la medición.

Mito: «Si voy 1 km/h por encima, no me pueden multar»

Técnicamente podrían, pero no lo hacen por el margen de tolerancia. Sin embargo, no es un «derecho».

Verdad: «Si el radar no tiene cartel previo avisando, la multa es nula»

Depende de la jurisdicción. En CABA y Provincia de Buenos Aires, la normativa exige señalización vertical previa («Control de velocidad») a 200–500 metros del radar fijo. Si no hay cartel, el descargo suele prosperar.

Consejos prácticos para evitar multas (y siniestros)

  • Usá apps en tiempo real: Waze, Google Maps y otras alertan sobre radares fijos y móviles. No reemplaza prestar atención a la señalética.
  • Configurá alarma en tu auto: muchos vehículos modernos permiten programar alerta sonora al superar cierto límite.
  • Anticipá frenadas: la señal de límite aparece antes que el radar. Reducí velocidad gradualmente, no de golpe.
  • Respetá zonas escolares: los controles son más estrictos en horarios de entrada/salida (7:30–9:00 y 16:00–18:00).
  • En ruta, viento y lluvia bajan el límite seguro: aunque la ley no cambie, circular a 130 km/h con viento cruzado o pavimento mojado es temerario. Ajustá según condiciones.
  • Mantené distancia: a 120 km/h necesitás ~100 metros para frenar por completo. A 80 km/h, ~60 metros. Dejá espacio.

Qué dice la jurisprudencia: casos emblemáticos

Los tribunales argentinos han consolidado algunas líneas:

  • «In dubio pro reo» en faltas: si la foto del radar es borrosa o no se identifica claramente la patente, el beneficio de la duda favorece al conductor.
  • Señalización deficiente: si el cartel de límite está caído, vandalizado o tapado por ramas, el acta se anula (precedente Cámara Contencioso Administrativo CABA, 2018).
  • Certificado de calibración: fallo de Cámara de Apelaciones de Rosario (2020) anuló 300 multas porque el municipio no pudo acreditar calibración anual del radar.
  • Emergencia médica: si probás que ibas en exceso por traslado de emergencia (pasajero con ACV, parto inminente), la multa puede eximirse. Requiere certificado médico y denuncia policial contemporánea.

El exceso de velocidad y tu seguro

Circular con exceso superior a 40 km/h o con licencia suspendida puede ser considerado agravante de riesgo por la aseguradora. En caso de siniestro, la compañía puede:

  • Rechazar el pago del daño propio (si tenés todo riesgo) alegando conducta temeraria.
  • Repetir contra vos el monto pagado a terceros (responsabilidad civil es obligatoria, pero la aseguradora puede reclamar reintegro si demostrás dolo o culpa grave).
  • Rescindir la póliza unilateralmente si acumulás 3+ multas graves en 12 meses.

Recomendación: informá al seguro si te suspenden la licencia. No podés circular sin licencia vigente; hacerlo implica exclusión de cobertura automática.

Tabla resumen: límites, tolerancias y puntos (2026)

Zona / Vía Límite legal (km/h) Tolerancia radar (km/h) Puntos perdidos
Calle urbana 40 7 –2 a –5
Avenida con semáforo 60 7 –2 a –5
Autopista urbana 80 7 –3 a –7
Zona escolar 20–30 5 –5 a –10
Ruta doble mano 110 7% –2 a –7
Autopista 130 7% –3 a –10

Valores orientativos. Las multas se expresan en unidades fijas (UF) según la Ley 24.449 y cada jurisdicción fija sus valores: verificá la normativa local vigente en el boletín oficial de cada jurisdicción.

Recursos adicionales

Conclusión

El exceso de velocidad no es solo un problema de multa económica: es el factor que más agrava las consecuencias de cualquier error al volante. Los márgenes de tolerancia existen, pero no son un «permiso» para circular en el límite superior. El sistema de puntos de licencia añade un control administrativo acumulativo que puede dejarte sin conducir por meses.

Recomendación final: respetá los límites señalizados, ajustá la velocidad a las condiciones reales de la vía (lluvia, niebla, tránsito) y recordá que llegar 5 minutos antes no vale una vida. La física del impacto no negocia.

Disclaimer legal: Esta guía sintetiza normativa vigente al momento de publicación. No reemplaza asesoramiento legal profesional ante un caso concreto. Las multas y procedimientos varían según jurisdicción; verificá siempre la normativa local actualizada.

Importante
Checklist: cómo evitar multas por exceso de velocidad
  • ☑ Conocé los límites de tu zona: urbano 40–60 km/h, ruta 110 km/h, autopista 130 km/h.
  • ☑ Instalá app con alertas de radares (Waze, Google Maps) — complementan, no reemplazan atención.
  • ☑ Reducí velocidad gradualmente al ver señal de límite — no frenes de golpe al ver el radar.
  • ☑ Verificá calibración del velocímetro de tu auto cada 2 años (service oficial).
  • ☑ Respetá zonas escolares y hospitalarias: los controles son más estrictos y las multas más altas.
  • ☑ Consultá tu scoring de licencia online cada 6 meses — sabé cuántos puntos te quedan.
  • ☑ Si te llega multa, revisá: foto legible, certificado calibración radar, señalización previa.
  • ☑ Presentá descargo dentro 10 días si hay error — después ya no podés reclamar descuento.
  • ☑ Pagá dentro del plazo para acceder al 20–50% de descuento por pago voluntario.
  • ☑ Ajustá velocidad a condiciones reales: lluvia, niebla, viento cruzado — la ley no cambia, pero la física sí.

·Fuentes citadas.

Esta guía sintetiza normativa vigente al momento de publicación. No reemplaza asesoramiento legal profesional ante un caso concreto.